miércoles, 9 de febrero de 2011

EL MOVIMIENTO DE LOS COMUNEROS

Antecedentes. El gobierno español estableció algunos gravámenes para atender a las necesidades de la guerra con Inglaterra como el sisa o armada de Barlovento que consistía en la reducción del peso o la me­dida de artículos de consumo y cuyo menoscabo estaba destinado a tal armada.

Visitador Regio. El Regente Visitador don Juan Francisco Gu­tiérrez de Piñeres fue encargado de hacer efectivos los nuevos impues­tos; pero obró con notoria falta de tino y provocó la protesta airada de los pueblos en casi todos los confines del virreinato.

Insurrección de 1781. En los últimos meses de 1780 hubo levanta­mientos contra los guardas de la renta de tabaco en Simacota, Mogo­tes y Charalá pero la cabeza del movimiento fue la ciudad del Socorro en donde el 16 de Marzo de 1781 Manuela Beltrán rompió el edicto referente a las nuevas contribuciones a los gritos de "viva el Rey y muera el mal gobierno. No queremos pagar la armada de Barlovento". Como general de los insurrectos fue elegido Juan Francisco de Berbeo, en asocio de Salvador Plata, Antonio Monsalve y Francisco Rosillo quienes constituyeron la junta llamada El Común de donde les vino el nombre de Comuneros. Se reunieron en el Socorro cerca de 6.000 hombres que marcharon en dirección a Santafé.  En el camino se agre­garon poblaciones hasta completar 15.000 y en el Puente Real de Vélez se encontraron con la pequeña tropa enviada de Santafé a órdenes de José Osorio y del Capitán Joaquín de la Barrera quienes no pudieron interrumpir su avance y mientras el Regente Gutiérrez de Piñeres salía en marcha precipitada hacia Cartagena, el gobierno acordó impedir la llegada hasta la capital y designó al oidor Vasco y Vargas y al alcalde don Eustaquio Calavis. El arzobispo Caballero y Góngora ayudó con su presencia a las negociaciones.

Capitulaciones y su análisis. La comisión de negociadores parla­mentó con los jefes de los sublevados en el Mortiño (Zipaquirá) y firmó una capitulación que fue aprobada por la Audiencia. En ella se rebaja­ban unos impuestos, se suprimían otros, se atenuaba su recaudo y se convenía en dar preferencia a los americanos sobre los españoles para algunos cargos en que éstos eran mal vistos. También se acordó perdo­nar toda falta a los Comuneros.

Incumplimiento de las capitulaciones.El virrey Manuel Antonio Flórez improbó lo pactado y envió el Regimiento Fijo desde Cartagena para implantar la autoridad en Santafé. Todo volvió a su antiguo estado y en represalia fueron vilmente sacrificados José Antonio Galán, Isidro Molina, Lorenzo' Alcantuz y Manuel Ortiz. A otros comprometidos se les envió al presidio de África.

Levantamiento. En junio de 1781 fue muerto por un levanta­miento en Pasto y motivado por la imposición del Estanco D. José Ig­nacio Paredo, teniente de Gobernador de Popayán. Igualmente se su­blevaron en Neiva, Guarne, Tumaco, Casanare y Mérida como reflejo del movimiento del Socorro.

Consecuencias del movimiento. Fuera del aspecto económico que tuvo como fin la lucha contra los impuestos, la revolución de los comu­neros abarcó aspectos sociales y políticos, ya que una de las estipulacio­nes contenidas en la capitulación del Mortiño era la preferencia de los americanos para la provisión de ciertos empleos, lo que implicaba ya una alteración importante en el régimen de la Colonia. Por otra parte, también se aspiró a rehabilitar la raza indígena y Galán proclamó la libertad de los esclavos en las minas de Malpaso cerca de Mariquita. Este fue uno de los cargos por los cuales se le condenó a muerte.

Colombia adquirió su propia tradición revolucionaria, pues antes que la revolución francesa y el conocimiento teórico de los derechos del hombre, se había hecho la revolución de los comuneros.

José Antonio Galán. La figura más importante de la revolución de los comuneros fue, sin lugar a duda, la de José Antonio Galán, oriundo de Charalá, de unos 32 años de edad. Por razón de algún ho­mónimo suyo se había creído que había estudiado en el colegio de San Bartolomé; pero se sabe que era hombre inculto, aunque de inteligencia viva. Acompañó como capitán a Berbeo y de Nemocón fue enviado en persecución de Gutiérrez de Piñeres. Levantó los ánimos del pueblo en Facatativá, Guaduas y Honda.
Al enterarse de que el regente visitador había seguido para Carta­gena, pasó a Mariquita, en donde dio libertad a los esclavos de la mina de Malpaso, y siguió hasta Ambalema, de donde envió comisionados a Purificación y Neiva. Al tener noticia de la capitulación, dudó del cum­plimiento de ella por parte de las autoridades españolas; regresó a San­tander en donde trató de levantar nuevamente los pueblos, pero aban­donado de sus compañeros y entregado por los mismos jefes de la re­volución, fue conducido a Santafé y ahorcado el l9 de marzo de 1782, en asocio de Isidro Molina, Lorenzo Alcantuz y Manuel Ortiz.
Su cuerpo fue destrozado para colocar en escarpias sus despojos como escarmiento de los pueblos, así: la cabeza en Guaduas, la mano derecha en El Socorro, la izquierda en San Gil, el pie derecho en Cha­ralá y el izquierdo en Mogotes. Su descendencia fue declarada infame, sus bienes confiscados, asolada su casa y sembrada de sal. Quedan los nombres de Galán y sus compañeros como protomártires de la causa de la independencia.

Sentido económico y social de la revolución de los comuneros. Fuera de reclamar contra los nuevos impuestos, los comuneros pedían que se rebajaran los precios del aguardiente y el tabaco, que desde entonces constituían las principales rentas y se administraban directamente por las autoridades como monopolio del fisco real. Así sucedió en Antioquia con los comuneros de Guarne, con los de Sopetrán y Sacaojal que pedían también el libre cultivo del tabaco.
Los de Guarne solicitaban igualmente que se reconociera el derecho de mazamorreo, o de lavar en las arenas de los ríos el oro, como bien que en el valle de San Nicolás de Rionegro no gobernaran los forasteros en el ramo de la justicia.

lunes, 31 de enero de 2011

EL PROFESOR SÚPER O

El año pasado se conmeraron en nuestro país los "200 AÑOS DE INDEPENDENCIA", por este motivo el Ministerio de Educación creó el proyecto Historia Hoy, el cual "es un plan para promover el desarrollo del pensamiento científico, aprovechando la conmemoración de los 200 años de la Independencia".
De allí hemos incluído en nuestra página 2 videos del Profesor Supér O titulados:
- ¿El movimiento de los comuneros fue una revuelta o una revolución?
- ¿Cómo así que Napoleón tuvo que ver con la Independencia de Colombia?

Espero que les gusten y, si lo desean, pueden opinar de ellos

1 - ¿El movimiento de los comuneros fue una revuelta o una revolución?



2 - ¿Cómo así que Napoleón tuvo que ver con la Independencia de Colombia?

jueves, 27 de enero de 2011

UN MOMENTO DE REFLEXIÓN

Esta historia es atribuida a ALBERT EINSTEN

IMAGINAR SOLUCIONES

En una tarde nublada y fría, dos niños patinaban sin preocupación sobre una laguna congelada. De repente el hielo se rompió, y uno de ellos cayó al agua. El otro cogió una piedra y comenzó a golpear el hielo con todas sus fuerzas, hasta que logró quebrarlo y así salvar a su amigo.
Cuando llegaron los bomberos y vieron lo que había sucedido, se preguntaron: "¿Cómo lo hizo? El hielo está muy grueso, es imposible que haya podido quebrarlo con esa piedra y sus manos tan pequeñas..."

En ese instante apareció un abuelo y, con una sonrisa, dijo:
—Yo sé cómo lo hizo.
—;Cómo? —le preguntaron.
No había nadie a su alrededor para decirle que no podía hacerlo.

Einstein dijo: Si lo puedes imaginar, lo puedes lograr.

(Del libro La culpa es de la vaca)

CRONOLOGIA DE LA INDEPENDENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS

LA INDEPENDENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS (1765-87)

La política colonial de Jorge III de Inglate¬rra, contraria a los intereses de los colonos americanos, provocó la agudización del sentimiento independentista que cristalizó en la formación de numerosas sociedades patrióticas, y en la aprobación, en el Segundo Congreso Continental de Filadelfia, de la Declaración de Independencia (4 de julio de 1776). Los intentos de Jorge III de imponer su autoridad por la fuerza de las armas fracasaron y por el tratado de Versalles (1783) reconoció la independencia del nuevo país, el cual se organizó según ideario político revolucionario (soberanía popular, separación de poderes, república, libertades públicas, etc.).

1765 Jorge III de Inglaterra (1760-1820), para hacer frente al déficit del Tesoro Británico, promulga la ley del Timbre (Sfamp Act), que crea un nuevo impuesto sobre los documentos jurídicos y los impresos en las colonias americanas.
1766 Se inician en América las protestas de los colonos contra la Ley del Timbre.
1767 Ante la magnitud de la ola de protestas suscitadas, Jorge III cede y la Ley del Timbre es anulada.
1768 Nuevo intento de Jorge III de conseguir dinero de las colonias británicas.
1769 Tropas inglesas de refuerzo desembarcan en América y las autoridades coloniales británicas intentan exigir el cumplimiento de la Ley de Alojamientos de 1765, según la cual los colonos vienen obligados a hospedar y mantener a las tropas británicas.
1770 La oposición de los colonos americanos a la política colonial británica llega a su punto culminante en Boston, donde se produce un serio incidente con las tropas británicas llamado Boston Massacre.
1773 Asalto, por parte de un grupo de colonos radicales, disfrazados de indios, a tres barcos ingleses anclados en el puerto de Boston, cuyos cargamentos de té son arrojados al mar. Es el llamado Boston tea-party. Jorge III reacciona cerrando el puerto de Boston al tráfico comercial, con graves repercusiones para la economía de Massachusetts.
1774 Se reúne en Filadelfia el Primer Congreso Continental, con participación de los delegados de las Trece Colonias (aunque inicialmente, Georgia se mantiene al margen). El Congreso aprueba una declaración de derechos del contribuyente.
1775 Primer incidente armado en Lexington, cerca de Boston, fruto de la decidida voluntad de Jorge III de someter a las colonias por la fuerza. Los ingleses, hostilizados por los colonos, pierden un cente¬nar de soldados.
1775 Los colonos americanos resisten varios ataques de las tropas británicas en Bunker Hill, una colina fortificada cercana a Boston. Aunque finalmente se retiran, este hecho acrecienta notablemente su voluntad de resistencia armada a los británicos.
1775 Se inicia en Filadelfia el Segundo Congreso Continental. George Washington (1732-99), rico hacendado virginiano, es nombrado jefe militar de las milicias insu¬rrectas.
1776 George Washington, después de once meses de bloqueo, obliga al general británico Gage a abandonar Boston.
1776 El 4 de julio, el Congreso de Filadelfia aprueba la Declaración de Independencia, redactada por Thomas Jefferson, John Adams y Benjamín Franklin.
1777 El marqués de La Fayette, con un grupo de voluntarios franceses, se pone al servicio de los colonos americanos.
1777 Después de la batalla de Brandywine, Filadelfia cae en poder de los británicos, pero las tropas americanas, dirigidas por el general Gates, cercan a un ejército británico que, dirigido por Burgyone, descendía del Canadá, y consiguen su capitulación en Saratoga.
1778 Gracias a la intervención de Benjamín Flanklin, primer embajador del nuevo país, y del marqués de La Fayette, Francia interviene en el conflicto contra Inglaterra. Una escuadra francesa, al mando del almirante D'Estaign, actúa en las costas americanas.
1779 Con la esperanza de recuperar Menorca y Gibraltar, España interviene también en el conflicto al lado de Francia.
1780 Un ejército francés, al mando del mariscal Jean Baptiste Rochambeau, desembarca en Rhode Island.
1781 Las tropas aliadas de Washington y Rochambeau consiguen cercar a las tropas británicas del general Cornwallis en Torktown, en la bahía Chesapeake, e infligirles una derrota decisiva.
1783 Paz de Versalles: Inglaterra reco¬noce la independencia del nuevo país. Francia obtiene Toga, Saint Louis y el Senegal. España recupera Menorca y La Florida, pero no Gibraltar.
1787 Los delegados de las Trece Colonias, reunidos en la convención de Filadelfia, aprueban la Constitución americana, redactada fundamentalmente por Thomas Jefferson, que pone en práctica la división de poderes preconizada por Montesquieu y estructura al país como una república federal, cuyo primer presidente es George Washington.

viernes, 19 de noviembre de 2010

LO QUE OPINAN LOS ESTUDIANTES

Los y las estudiantes del grado 6-2 JA, realizaron dibujos a cerca Capítulo Nº I del Título II de la Constitución Política de colombia. En ellos plasmaron los que consideran que más se cumplen y los que menos se cumplen. He aquí una muestra de estos dibujos.

ESTUDIANTES DE 6 -2

LISBETH HERNÁNDEZ

 ANGIE VELOZA

ANA MARÍA NIETO

 WILLIAM HERNÁNDEZ

SERGIO GÓMEZ

LIZBETH HERNANDEZ

ANA MARÍA NIETO

MARÍA FERNANADA VILLEGAS

ANGIE VELOZA

EDWIN PATIÑO

domingo, 7 de noviembre de 2010

DESCONOCER NUESTROS DERECHOS ES DESCONOCER NUESTROS DEBERES

RESUMEN DE ALGUNOS APARTES DE LA COSTITUCIÓN COLOMBIANA ARTICULOS DEL 11 AL 95

Presentado por JUAN CAMILO COLORADO D.

Realizando una mirada por los capítulos del 11 al 95 de la Constitución Colombiana se puede observar que en dichos artículos se habla primordialmente de los Derechos Fundamentales, los derechos sociales, económicos y culturales a demás de los derechos colectivos y del ambiente, de la protección y aplicación de los derechos sin dejar de hablar de los deberes y obligaciones.


Durante todos estos artículos se destaca que los derechos humanos son propios de la condición humana y por tanto son universales, y superiores al poder político que debe respetar los derechos humanos.  También que  son derechos ligados a la dignidad de la persona humana dentro del Estado y de la sociedad. Por tanto, la Constitución se limita a reconocer los derechos fundamentales, la Constitución propugna los derechos fundamentales, pero no los crea. Y es por eso que se hace necesario que cada uno de los ciudadanos conozca sus derechos y deberes no solo para hacerlos cumplir si no por que facilitan la
 convivencia y promueven la estabilidad del estado mediante un buen gobierno porque es deber del estado garantizar le promoción y protección de los derechos y de la constitución. Veamos:

DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

Estos derechos parten del primordial y del cual se desencadenan los demás derechos: El derecho a la vida. Y una vez que existamos por ningún motivo  nadie será sometido a desaparición, a torturas y Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.
Además  tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica y tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad  y a la libertad de conciencia, de cultos, de religión y a difundirla en forma individual o colectiva.  Cada una de las personas tenemos derecho a la libertar de expresión y de recibir información como también tenemos derecho a la honra y a la  paz la cual no solamente es un derecho si no un deber porque cada uno somos responsables de ella por medio de nuestras acciones.
Todos tenemos derecho de hacer reclamaciones ante el estado empleando los medios que él ha generado para tal fin. Podemos circular libremente por el territorio nacional y tenemos derecho a tener un trabajo digno y a escoger una profesión u oficio.
El estado debe garantizar las libertades de enseñanza y aprendizaje; como también debe garantizar el debido proceso porque nadie puede ser privado de su libertad sin que se le compruebe la culpabilidad, y además debe garantizar que las penas sean justas de acuerdo al delito o de creer que es retenido injustamente puede interponer el Habeas Corpus, interponer apelaciones, ante cualquier delito nadie está obligado a declarar contra sí mismo o contra su cónyuge o ningún pariente, se está prohibido las penas de destierro, prisión perpetua, pero si se puede realizar la extinción de dominio sobre los bienes si se comprueban que fueron adquiridos ilícitamente y/o se puede extraditar teniendo en cuenta la ley. Todo colombiano tiene derecho al asilo en otro país bajo los términos de ley.
Colombia es un país donde existe la libertad de protesta, de manifestación pública y a la libertad de asociación. Por eso los trabajadores tienen derecho a la conformación de sindicatos y asociaciones bajo personería jurídica acepto la fuerza pública.
Podemos ver que todos y cada uno sin distinción alguna tenemos derechos a participar en la conformación y el control del poder político, mediante los diferentes mecanismos de participación ciudadana como: el voto, el referendo, la iniciativa popular,  la revocatoria del mandato, la conformación de partidos políticos entre otros…

 
DE LOS DERECHOS SOCIALES, ECONOMICOS Y CULTURALES

En esta parte partiremos desde La familia que es el núcleo fundamental de la sociedad. El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia. La intimidad de la familia es inviolable.
Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes de la pareja y en el respeto recíproco entre todos sus integrantes.
La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de éste subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada.
El Estado apoyará de manera especial a la mujer cabeza de familia  y a los niños los cuales gozan de derechos Los cuales prevalecen ante los demás. El estado debe garantizar a las personas de la tercera edad su integración a la vida activa y comunitaria y garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia.
Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social.
La ley definirá los medios para que los recursos destinados a pensiones mantengan su poder adquisitivo constante.
El Estado garantizará los derechos, la sostenibilidad financiera del Sistema Pensional, respetará los derechos adquiridos con arreglo a la ley y asumirá el pago de la deuda pensional que de acuerdo con la ley esté a su cargo.
Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.
Todos los colombianos tienen derecho a vivienda digna, al deporte y la recreación.
 El Congreso expedirá el estatuto del trabajo. La ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales:
Igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo; estabilidad en el empleo; irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales; facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles; situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho; primacía de la realidad sobre formalidades establecidas por los sujetos de las relaciones laborales; garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario; protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad.
Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran.
Es deber del Estado promover la concertación y los demás medios para la solución pacífica de los conflictos colectivos de trabajo.
Se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador.
La ley podrá establecer los estímulos y los medios para que los trabajadores participen en la gestión de las empresas.
Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles, La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal, le es inherente una función ecológica.
El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad.
En caso de guerra y sólo para atender a sus requerimientos, la necesidad de una expropiación podrá ser decretada por el Gobierno Nacional sin previa indemnización.
El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley.
Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
Es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, y a los servicios de educación, salud, vivienda, seguridad social, recreación, crédito, comunicaciones, comercialización de los productos, asistencia técnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos.
La producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado.
La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.
Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación.
Se garantiza la autonomía universitaria. Las universidades podrán darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley.
El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional.
El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación.
La actividad periodística gozará de protección para garantizar su libertad e independencia profesional.
Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley.
El secreto profesional es inviolable.

DE LOS DERECHOS COLECTIVOS Y DEL AMBIENTE

La ley regulará el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización.
Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.
El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.
Queda prohibida la fabricación, importación, posesión y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares y desechos tóxicos.

DE LA PROTECCION Y APLICACION DE LOS DERECHOS

Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.
En ningún caso podrán transcurrir más de diez días entre la solicitud de tutela y su resolución.
Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo.
 La ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad pública, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia económica y otros de similar naturaleza que se definen en ella.
. Los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno.

DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES
Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes.
Son deberes de la persona y del ciudadano:
1.      Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;
2.      Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;
3.      Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituídas para mantener la independencia y la integridad nacionales.
4.      Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;
5.      Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;
6.      Propender al logro y mantenimiento de la paz;
7.      Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;
8.      Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;
9.      Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.

Derecho Internacional Humanitario

El Derecho Internacional Humanitario o DIH, es un conjunto de normas que operan internacionalmente en relación con los escenarios de conflic...