lunes, 6 de abril de 2015

LA ONU (ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS) Y LOS DERECHOS HUMANOS

Una vez finalizada la guerra y al vislumbrar los insospechados niveles de destrucción y muerte a que se había llegado, las potencias triunfadoras se avocaron a encontrar las vías para construir un nuevo orden mundial. Así, en la Conferencia de San Francisco, celebrada en junio de 1945, representantes de 51 países dieron origen a la Organización de las Naciones Unidas (ONU). La finalidad de este organismo fue precisamente dar respuesta al anhelo de establecer un sistema que garantizara una paz duradera y fecunda, capaz de resolver los problemas políticos, sociales y económicos del mundo de posguerra.
Los fines de la ONU, fijados en la Carta de las Naciones Unidas, son:
1. El mantenimiento de la paz y la seguridad internacional, de manera que las soluciones pacíficas sean las que predominen al haber conflictos.
2. El reconocimiento del derecho a la libre determinación de los pueblos, es decir, que cada nación es libre de elegir el camino que desea seguir.
3. El desarrollo y estímulo de los derechos y libertades.
4. La cooperación pacífica en cuestiones económicas, sociales, culturales,
educativas y sanitarias.
Asimismo, en el nuevo organismo, que venía a sustituir a la fracasada Sociedad de Naciones, debían estar representados todos los países del mundo, y sus oficinas especializadas –como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS)–, debían encargarse de los grandes problemas de la humanidad en forma conjunta y programada.
En 1948, la ONU proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, buscando asegurar que no se repitieran nunca más los desastres de la Segunda Guerra Mundial, particularmente, el holocausto judío. Hasta hoy la declaración ha actuado como marco regulador del orden internacional, intentando hacer respetar los derechos fundamentales. En muchos casos no ha logrado este objetivo y en otros, como la confrontación entre el comunismo soviético y el capitalismo estadounidense, ha impedido que estas diferencias llegaran a conflictos armados.

Estructura
En el artículo 7, la Carta establece los órganos principales de la ONU:
• La Asamblea General: Está compuesta por todos los Estados miembros de las Naciones Unidas. Tiene por misión discutir sobre cualquier asunto concerniente a la paz y seguridad internacional, y sobre aspectos internos de la Organización.
Tiene su sede en Nueva York.
• El Consejo de Seguridad: Está compuesto por quince miembros: cinco permanentes (Estados Unidos, Unión Soviética, China, Francia e Inglaterra, es decir, los vencedores de la Segunda Guerra Mundial) y diez no permanentes, elegidos por dos años. Originalmente, los miembros no permanentes eran seis, los que fueron aumentados a diez en 1965. La función primordial del Consejo de Seguridad es mantener la paz y la seguridad internacional, y entre sus poderes se encuentra la capacidad para convocar una fuerza multinacional de paz, que actuará a nombre de la ONU.

Organismos especializados
• OIT: Organización Mundial del Trabajo.
• UNESCO: Organización para la Educación, la Ciencia y la Cultura.
• OMS: Organización Mundial de la Salud.
• FAO: Organismo para la Agricultura y la Alimentación.
• OMC: Organización Mundial de Comercio.
• OIEA: Organismo Internacional de Energía Atómica.
• FMI: Fondo Monetario Internacional.


Principales programas
• UNCTAD: Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo.
• ACNUR: Ofi cina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.
• PNUD: Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.
• UNICEF: Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.
• PNUMA: Programa de las Naciones Unidas para el Medioambiente.

LOS DERECHOS HUMANOS
A fines de la Segunda Guerra Mundial, como consecuencia de los genocidios y crímenes de lesa humanidad cometidos en ella, se produjo una sensibilización respecto de los derechos de las personas, lo que llevó a la internacionalización de los derechos humanos. La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos el 10 de diciembre de 1948, a la cual siguieron otras declaraciones de salvaguardia de los derechos de las personas. Entre ellas podemos destacar: Declaración Universal de los derechos del Niño, en 1959; Declaración sobre la eliminación de cualquier forma de discriminación racial, en 1963; Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer, en 1967; Declaración de los Derechos del Deficiente Mental, en 1971.
Así, los derechos humanos son los derechos reconocidos para toda la Humanidad por la Organización de las Naciones Unidas, que abarca a la gran mayoría de los Estados existentes y protegen a todas las personas, sea cual sea su origen, género, religión o condición socio-económica.
A continuación presentamos una selección de estos derechos.

• Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
• Artículo 2. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.
• Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
• Artículo 4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
• Artículo 5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
• Artículo 6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
• Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
• Artículo 8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
• Artículo 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
• Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
• Artículo 18.Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Tomado de: Álvarez, Gonzalo y otros (2010). I Primero Medio, Historia, geografía y ciencias sociales, Ed. Ziig Zag., Santiago de Chile.

HIDALGO, Liliam Almeyda y otros (2011). 3 Historia y ciencias sociales. MN Editorial Ltda, Santiago, Chile.

LA REVOLUCIÓN CHINA

Durante la segunda mitad del siglo XIX, China sufrió la penetración de las potencias imperialis­tas de Inglaterra, Japón, Rusia, los Estados Unidos, Francia y Alemania. Todos estos países buscaban mercados para sus productos.

Fueron diversas las causas que motivaron esta acción. La población numerosa constituía un gran mercado, y la quinta parte disponía de ca­pacidad económica para comprar los productos europeos, además la gran extensión del territorio permitió contar con gran cantidad de materias primas, lo cual despertó la ambición de las po­tencias imperialistas.

Nacionalismo y movimientos campesinos
Los campesinos sometidos por los extranjeros se rebelaron en 1850 en Taiping. Fueron reprimidos por una coalición de ejércitos anglofranceses y norteamericanos.

En 1894, China perdió su dominio sobre Formosa y Corea con Japón; así mismo fue vencida en la Guerra de los Boxers, que había surgido para expulsar el intervencionismo extranjero.
Hacia el final del siglo XIX, se suscitaron nu­merosos movimientos populares en Cantón, Shangai y Tiensing, en los cuales participaron obreros, intelectuales y estudiantes. Se destacó el renacimiento chino organizado-en Honolulú con la dirección del doctor Sun Yat-Sen. Poste­riormente, se convertiría en el Partido Tun Men Huique, que encabezó en 1911, la primera fase de la Revolución china.

Las condiciones históricas de China hasta prin­cipios del siglo XX, provocaron una profunda  división interna causante de una transcendental revolución.
En el desarrollo de la revolución, se conside­raron dos fases: la creación de la República, y la Revolución popular.

Creación de la República (1911 -1925)
En 1912, después de una serie de huelgas y ma­nifestaciones en contra de la Dinastía Manchú, el Emperador renunció y se estableció la República bajo la presidencia de Sun Yat-Sen. Durante su corto período, fundó el Partido Nacionalista o Koumintang que fue una combinación de las tradiciones chinas con el pensamiento occiden­tal. Para unificar el país, Sun Yat-Sen fusionó el Koumintang con el Partido Comunista. Con el advenimiento de su muerte en 1925, el partido se dividió. Por un lado, el nacionalista dirigido por Chiang Kai-Shek, conformado por comerciantes, industriales y financieros que aspiraban sustituir a los extranjeros y apropiarse del mercado nacio­nal, y por el otro lado, los comunistas liderados por MaoTse-Tung que agrupaban a la clase obrera, campesina e intelectual deseosa de un cambio radical.

A la muerte de Sun Yat-sen, comenzó el gobier­no de Chiang Kai-Shek quien reprimió el sector comunista del partido, no realizó la reforma-agra­ria y además impuso impuestos a la población. Aprovechando el descontento, MaoTse-Tung organizó a los campesinos en guerrillas; los enfrentamientos entre nacionalistas y comunistas se intensificaron; los comunistas fueron derro­tados en 1934 y luego de una extensa y penosa jornada llamada la larga marcha, se replegaron hacia el norte de China.

Sin embargo, con el desencadenamiento de la Segunda Guerra Mundial y la agresión japone­sa contra China, los ejércitos nacionalista y comu­nista se unieron para expulsar a los japoneses a los que vencieron en 1945.
Ya concluido el conflicto mundial, la Guerra Civil continuó, pero esta vez los nacionalistas recibieron ayuda de los Estados Unidos, y los co­munistas de la Unión Soviética.
Este conflicto se dio entre nacionalistas y comunistas durante el periodo 1945 y 1949. Después de un largo enfrentamiento, el 14 de diciembre de 1949, los ejércitos nacionalistas se entregaron a los comunistas. Ya para el 1 de octubre de ese mismo año, Mao había proclama­do en Pekín el establecimiento de la República Popular China. Los opositores se refugiaron en Formosa (Taiwán), isla donde Chiang Kai-Shek organizó la China nacionalista con el apoyo de los Estados Unidos.
Las condiciones del país dieron paso a un período de reconstrucción. Se desarrolló una política de unidad nacional denominada nueva democracia, con el propósito de estabilizar eco­nómicamente a la Nación.
Para consolidar estas medidas, en 1950 se pro­mulgaron nuevas leyes matrimoniales con el fin de modificar la estructura familiar de tipo patriarcal, con la incorporación de la mujer en el proceso de producción. Se decretó la reforma agraria, y los sec­tores básicos de producción pasaron a manos del Estado. En todo este camino, la ayuda financiera de la URSS fue muy importante.
En 1954, se proclamó la primera Constitución Socialista de la República Popular China, donde se eligió como Presidente a MaoTse-Tung y al primer Ministro Chou En-Lai. El poder público se confió al Partido Comunista y los planes económicos se­guían los modelos soviéticos. Mao se propuso ante todo cambiar las costumbres feudales de su país y hacer un reparto de las tierras, ya que estaban en manos de unos pocos. Con estos planes desató una campaña de terror en todo el país contra los terratenientes y la clase media. Más de cien mil personas murieron durante este período.
En 1958, lanzó la política del gran salto adelante, donde a partir de las comunas populares y con medios muy rudimentarios, masas populares. El gran apoyo popular a Mao se manifestó en carteles y manifestaciones populares que refor­zaron el culto a su personalidad. Mao se convir­tió en una especie de deidad a la que no podía contradecirse. Por ello, las persecuciones y los abusos fueron algo muy doloroso para la tradi­ción de la nueva República, que puso en peligro la estabilidad económica y condujo a muchas vejaciones.

El nuevo gobierno
Tras la muerte de los dirigentes Chou En-Lai y Mao Tse-Tung en 1976, China vivió una época de inestabilidad política; fue electo como Presi­dente Deng Xiao Ping, quien deseaba reformar el régimen y acercarse a occidente.
Xiao Ping inició su trabajo restableciendo las relaciones diplomáticas con los Estados Unidos, Japón y Francia.
Estas relaciones le permitieron avanzar significa­tivamente a su economía, pero descuidó la apertu­ra democrática de la sociedad, como se evidenció en la inconformidad registrada en los sucesos de la Plaza de Tiananmen en 1989. La manifestación fue reprimida severamente por el Gobierno con tropas armadas que mataron al menos a 400 civi­les, hecho que fue condenado por la comunidad internacional.
En marzo de 1993, se celebró la VIII reunión de la Asamblea Nacional Popular, donde se eli­gió a Jiamg Zemin como Presidente de China, al tiempo que se reeligió a Li Peng como Jefe de Gobierno.
Entre los problemas que enfrentó Jiang Ze­min como Presidente de China, estuvieron la pérdida de influencia del Partido Comunista, el incremento de la inflación y el déficit comercial. También se dio la entrega de Hong Kong a China por parte de Inglaterra.
En el XV Congreso del Partido Comunista Chino, que se realizó en septiembre de 1997, se apoyó el mantenimiento de la línea política conocida como marxismo neoliberal (donde los méritos y la competencia eran los factores claves para el desarrollo económico), se ratificó a Jiang Zemin como primer mandatario de la República para un período de cinco años, y se aprobó la reducción del aparato estatal con el despido de la mitad de los funcionarios, a fin de disminuir el gasto público.
En 2007, se reconoció la propiedad privada, pero la ley no la hizo extensiva a la tierra ni a los cultivos. En la actualidad, el Presidente de esta República es Hu Jintao.

CHINA - HONG KONG
Hong Kong, es una Península China que fue cedida a los británicos con carácter indefinido en el Tratado de Nanking, en 1942, para ponerle fin a la Guerra del Opio.
En 1984, se firmó el acuerdo que garantizó el traspaso a China de la soberanía sobre Hong Kong.
En 1997, China se comprometió a mantener el sistema capitalista en ese territorio por 50 años. El 1 de julio de 1997, el Gobierno Británico devolvió Hong Kong a China, que luego se convirtió en una región administrativa especial.
Hong Kong tiene su propia Constitución, conocida como la Ley Básica, y continúa siendo un enclave de la economía de mercado dentro de China.

CHINA - TÍBET
El Tíbet, es una zona de gran importancia estratégica para China, de una parte por su situación geográfica, fronteriza con la India, de otra parte por los recursos económicos de la región.
En 1950, después de la proclamación de la República Popular China, el ejército popular de este país se apoderó del Tíbet, hasta entonces una teocracia budista muy aislada del exterior. Esta situación forzó el exilio, en 1959, de su líder espiritual, el Dalai Lama y de miles de personas que se refugiaron en la vecina India, donde se estableció el gobierno del Tíbet.
Desde esta anexión, se lleva a cabo una política de colonización demográfica por parte de la etnia mayoritaria han. Cerca de 9 millones se han trasladado a la región de Tíbet. Por su parte, el Gobierno tibetano en el exilio, encabezado por el Dalai Lama, apostó por una resistencia de carácter político y no violento, y en 1987 presentó en el Congreso de los Estados Unidos un plan de paz basado en seis puntos:
  1. La transformación de Tíbet en una zona de paz.
  2. El fin a la colonización demográfica china.
  3. El respeto por los Derechos Humanos.
  4. Las libertades democráticas fundamentales.
  5. La protección del medio ambiente y la desnuclearización del Tíbet.
  6. La apertura de negociaciones sobre su futuro estatuto y sobre las relaciones    entre   el pueblo tibetano y chino, basado en él principio aplicado a Hong Kong.
El Dalai Lama se mostró favorable a la fórmula de "un país, dos sistemas". En la década de los noventa, se produjo una represión que rompió por una década las negociaciones entre China y el Tíbet.
En estos últimos años, se inauguró el ferrocarril entre Golmud (provincia de Qinghai) y Lhasa, capital del Tíbet, construido según las autoridades chinas con el fin de promover el turismo y el desarrollo en la región. Sin embargo, algunas personas consideraron que el objetivo de Beijing era alentar el arribo masivo de población del resto de China y así disipar la idiosincrasia del Tíbet.
Durante estos últimos años, las negociaciones aún continúan, pero no registran acuerdos significativos.


Tomado de: GUERRERO VILLAGRÁN y otros (2012), Nuevos Horizontes Sociales 9, Bogotá, pág. 102-110 Fondo Educativo Panamericano
Páginas varias.

lunes, 13 de octubre de 2014

EL ESTADO COLOMBIANO - TERRITORIO - RAMAS EJECUTIVA Y LEGISLATIVA

Este texto es extractado del libro: Departamento Nacional de Planeación (DNP) 2010. Elementos Básicos del Estado Colombiano. Imprenta Nacional de Colombia. Bogotá y de la Constitución Política de Colombia.

EL ESTADO COLOMBIANO

El Estado es una entidad política que se forma cuando, en una porción de la superficie terrestre, un conjunto de personas se organiza jurídicamente bajo el mando de un conjunto de organizaciones que buscan mantener el orden en la convivencia en sociedad.
En sentido amplio, la noción de Estado se refiere a la manera de ser o estar construida una comunidad humana; como estructura social es el fundamento de los hechos sociales y de las relaciones humanas; como estructura de poder, se refiere a las relaciones de mando (entre gobernantes y gobernados y sus vínculos jurídicos) e implica el ejercicio del poder en la sociedad.

ESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO

Elementos del estado
Los elementos del estado son los siguientes:
Población: corresponde al conjunto de individuos que se encuentran sometidos a la autoridad fundamental del estado. En Colombia, de acuerdo con la Constitución Política (artículo 96), son nacionales colombianos:
Los nacidos en el país (naturales de Colombia), incluso quienes sean hijos de extranjeros y alguno de sus padres estuviese viviendo en Colombia.
Los hijos de padre o madre colombianos que hayan nacido en el extranjero y luego decidieron vivir en territorio colombiano o se registraron en una oficina consular (en otro país) de Colombia.
Aquellos quienes hayan sido considerados como tales (por adopción), entre los que se encuentran: los extranjeros que deciden adoptar la nacionalidad colombiana, los latinoamericanos y del Caribe que vivan en Colombia y que pidan ser inscritos como colombianos en el municipio donde residen, y los miembros de los pueblos indígenas que comparten territorios fronterizos entre Colombia y sus países con frontera terrestre.
Territorio: es el elemento físico o material en donde se asienta la población y constituye el ámbito espacial, o geográfico, dentro del cual se ejerce el poder del Estado. Son parte de Colombia los siguientes elementos.
Subsuelo: porción que se encuentra debajo del suelo y que se prolonga como un cono, en cuyo vértice está el centro de la tierra.
Mar territorial: zona de mar adyacente a las costas del estado, localizada por fuera del territorio continental y de sus aguas interiores, y que se extiende, mar adentro, hasta un máximo de 12 millas náuticas, contadas a partir de las líneas de base.
Zona contigua: área de las aguas de alta mar situada inmediatamente enseguida del mar territorial (área de importancia para la implementación de medidas de prevención, protección y seguridad nacional). Se extiende, mar adentro, hasta un máximo de 12 millas náuticas, contadas a partir del mar territorial.
Zona económica exclusiva: franja de mar, adyacente al mar territorial y a la zona contigua, y que va, mar adentro, hasta un máximo de 200 millas náuticas, contadas a partir de las líneas de base. En esta área el Estado ejerce derechos de exploración, explotación, conservación y administración de recursos de toda especie.
Plataforma continental: es la porción del continente situada más allá del mar territorial de un Estado, que está sumergida bajo el mar (lecho y subsuelo del mar) y que se extiende, mar adentro, hasta una distancia de 200 millas náuticas, contadas a partir de las líneas de base.
Espacio aéreo: parte del territorio constituida por la columna de aire que se levanta sobre la superficie continental y marítima del Estado y que tiene como límite superior el espacio ultraterrestre o exterior (es decir, el espacio por fuera de la superficie del planeta Tierra).
Espectro electromagnético: parte del territorio constituida por el conjunto de las ondas electromagnéticas, en el cual se da el fenómeno de las telecomunicaciones (transmisiones y emisiones de sonidos, datos e información de cualquier naturaleza, etc.).
Segmento de la órbita geoestacionaria: parte de la órbita terrestre –cuya altitud es de 35.786 km aproximadamente– que le corresponde a Colombia por ser un país que se encuentra atravesado por la línea del Ecuador (país ecuatorial), y sobre la cual es posible mantener un satélite en posición estacionaria.
Soberanía: la soberanía expresa la ausencia de toda subordinación (independencia), interior y exterior, sobre el Estado para que este ejerza su poder sobre un territorio y en beneficio de una población determinada.

ARTICULO 3°.  La soberanía reside exclusivamente en el  pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece.

EL ESTADO COLOMBIANO Y SU ORGANIZACIÓN

En el artículo 113 de la Constitución de Colombia, siguiendo el principio de la división de poderes, establece que: “Son Ramas del Poder Público, la legislativa, la ejecutiva y la judicial”, además precisa que existen otros órganos para el cumplimiento de las demás funciones del Estado, y señala que las diferentes ramas y órganos, aunque tienen funciones separadas, colaboran armónicamente para realizar sus propósitos.
Montesquieu planteó desde el siglo XVIII la división de las ramas del poder público.
El estado colombiano está conformado por tres Ramas del Poder Público (legislativa, ejecutiva y judicial), y otros órganos, autónomos e independientes, que contribuyen al cumplimiento de las demás funciones del Estado (órganos de control y organización electoral).


LA RAMA LEGISLATIVA

Según el art. 114 de la C. P. está representada por una corporación pública colegiada de elección popular (asociación pública de personas que son elegidas por el pueblo) denominada Congreso de la República o Congreso de Colombia, el cual está integrado por el Senado de la República y la Cámara de Representantes, constituyendo así un sistema bicameral (una cámara alta representada por el Senado y una cámara baja representada por la Cámara de Representantes). Le corresponde reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el gobierno y la administración.
El Congreso tiene su sede en Bogotá, capital de la República, y se reúne en sesiones, denominadas ordinarias, durante dos (2) períodos por año (el primero va del 20 de julio al 16 de diciembre, y el segundo va del 16 de marzo al 20 de junio) que constituyen una sola legislatura.
Posee varios tipos de funciones:
Función constituyente, para reformar la Constitución Política mediante actos legislativos.
Función legislativa, para elaborar, interpretar, reformar y derogar las leyes y códigos en todos los ramos de la legislación. Esta es la principal función del Congreso, en virtud de la cual este expide leyes
Función de control político, para convocar y solicitar explicaciones a los Ministros del Despacho y demás autoridades y conocer de las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado
Función judicial, para juzgar excepcionalmente a los altos funcionarios del Estado por responsabilidad política.
Función electoral, para elegir Contralor General de la República, Procurador General de la Nación, Magistrados de la Corte Constitucional y de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Defensor del Pueblo, Vicepresidente de la República, cuando hay falta absoluta, y Designado a la Presidencia .
Función administrativa, para establecer la organización y funcionamiento del Congreso, en general, y del Senado y la Cámara de Representantes, en particular.
Función de control público, para emplazar a cualquier persona, natural o jurídica, a efecto de que rindan declaraciones, orales o escritas, sobre hechos relacionados con las indagaciones que adelante una Comisión del congreso.
Función de protocolo, para recibir a Jefes de Estado o de Gobierno de otras naciones.

EL SENADO DE LA REPÚBLICA: El Senado está integrado por ciento dos Senadores (102) quienes se ocupan de asuntos de interés general para el país, y son elegidos, conjuntamente con los Representantes a la Cámara, para períodos de cuatro años (contados a partir del 20 de julio). De los 102 Senadores, 100 son elegidos en circunscripción nacional (por todos los ciudadanos de cualquier parte del territorio colombiano) y los 2 restantes son elegidos por las comunidades indígenas del país (circunscripción nacional especial por comunidades indígenas).
LA CÁMARA DE REPRESENTANTES: La Cámara de Representantes está integrada por ciento sesenta y seis (166) Representantes a la Cámara, quienes representan en el Congreso los intereses particulares de los diferentes Departamentos y grupos que los eligen, conjuntamente con los Senadores, en circunscripciones territoriales, especial e internacional, para períodos de cuatro años (contados a partir del 20 de julio). De los 166 Representantes a la Cámara, 161 son elegidos por circunscripción territorial, 4 por circunscripción especial de los grupos étnicos (indígenas y afrocolombianos, principalmente) y las minorías políticas, y 1 por circunscripción especial internacional.

LA RAMA LEGISLATIVA EN ORDEN TERRITORIAL

Estos organismos son denominados corporaciones administrativas y se consideran parte de la estructura del estado a nivel departamental y municipal, en la misma categoría de Gobernadores y Alcaldes.
La Asamblea Departamental. Es una corporación administrativa de elección popular integrada por no menos de 11 miembros ni más de 31, denominados Diputados, quienes son elegidos, por los ciudadanos que habitan en la jurisdicción del Departamento, para períodos de 4 años. La Asamblea goza de autonomía administrativa y presupuesto propio, y podrá ejercer control político sobre la administración departamental. De acuerdo con el artículo 300 de la Constitución, las atribuciones de las Asambleas, se encuentran en las Ordenanzas.

El Concejo Municipal. Es una corporación administrativa de elección popular integrada por servidores públicos denominados Concejales, en el número que establezca la ley (entre 7 a 21), quienes son elegidos, por los ciudadanos que habitan en la jurisdicción del Municipio, para períodos de 4 años. El Concejo goza de autonomía administrativa y presupuesto propio, y podrá ejercer control político sobre la administración municipal. Los documentos expedidos por el concejo municipal reciben el nombre de Acuerdos.

El municipio de La Dorada cuenta con 15 concejales debido al número de habitantes.

RAMA EJECUTIVA
Es la Rama del Poder Público que ejerce las funciones del Estado relacionadas con el gobierno y la administración. La Rama Ejecutiva es presidida por el Presidente de la República, y a ella pertenecen autoridades de todos los órdenes territoriales existentes (nacional, departamental, distrital y municipal).
El artículo 115 constitucional señala que: El Gobierno Nacional está formado por el Presidente de la República, los ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos.
Los principales objetivos de la Rama Ejecutiva en el orden nacional, los siguientes: la definición de objetivos globales de desarrollo económico y social, así como la definición, coordinación y ejecución de planes, políticas públicas y estrategias de carácter general.

Presidencia de la República. La Rama Ejecutiva está presidida por el Presidente de la República, quien es:
Jefe de Estado: es decir que es un servidor público que ejerce, con arreglo a la Constitución y las leyes, las funciones que le corresponden a la jefatura del Estado
Jefe del Gobierno: es un servidor público que ejerce, con arreglo a la Constitución y las leyes, las funciones que le corresponden a la jefatura del Gobierno (máximo órgano ejecutivo del orden nacional), en virtud de lo cual dirige la política general del país.
Suprema autoridad administrativa: es un servidor público que ejerce la más alta autoridad nacional en materia de administración, por lo cual le competen funciones de gestión y de control y vigilancia.
Comandante supremo de las Fuerzas Armadas: el Presidente ejerce su autoridad sobre la fuerza pública, para lo cual la dirige y dispone de ella con el fin de garantizar la integridad del territorio, y conservar y reestablecer el orden público en el territorio nacional.

DE LOS ESTADOS DE EXCEPCIÓN
Los estados de excepción son regímenes de carácter excepcional previstos por la Constitución para preservar el Estado de derecho y proteger los derechos fundamentales en situaciones excepcionales que amenacen la independencia, seguridad o estabilidad del Estado.
Según la Constitución Política el presidente puede declarar estados de excepción en los siguientes casos:
ARTICULO 214. El Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el Estado de Guerra Exterior. Mediante tal declaración, el Gobierno tendrá las facultades estrictamente necesarias para repeler la agresión, defender la soberanía, atender los requerimientos de la guerra, y procurar el restablecimiento de la normalidad.
La declaración del Estado de Guerra Exterior sólo procederá una vez el Senado haya autorizado la declaratoria de guerra, salvo que a juicio del Presidente fuere necesario repeler la agresión.
ARTICULO 213. En caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de Policía, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el Estado de Conmoción Interior, en toda la República o parte de ella, por término no mayor de noventa días, prorrogable hasta por dos períodos iguales, el segundo de los cuales requiere concepto previo y favorable del Senado de la República.
Mediante tal declaración, el Gobierno tendrá las facultades estrictamente necesarias para conjurar las causas de la perturbación e impedir la extensión de sus efectos.
ARTICULO 215. Cuando sobrevengan hechos distintos de los previstos en los artículos 212 y 213 que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública, podrá el Presidente, con la firma de  todos los ministros, declarar el Estado de Emergencia por períodos hasta de treinta días en cada caso, que sumados no podrán exceder de noventa días en el año calendario.
La presidencia está conformada por el Presidente, El vicepresidente y los ministerios:
Presidente de la República: Ián Duque
Vicepresidente de la República: Martha Lucía Ramírez

MINISTERIOS
Interior
Ministro: Daniel Palacios
Funciones: Diseña e implementa las políticas públicas en cuanto al respeto y a la garantía de los de­rechos humanos.

Relaciones Exteriores
Ministro: Marta Lucía Ramírez
Funciones: Formula y ejecuta la política exterior del Estado colombiano, entre otras funciones.

Hacienda
Ministro: José Manuel Restrepo Abondano
Funciones: Administra el gasto público y se encarga de la ejecución de la política fiscal.

Justicia y del Derecho
Ministro: Wilson Ruiz
Funciones: Formula y promueve las políticas públicas en torno al ordenamiento jurídico del país.

Defensa Nacional
Ministro: Diego Molano
Funciones: Implementa las políticas de defensa del Estado colombiano, entre otras atribuciones.

Agricultura y Desarrollo Rural
Ministro: Rodolfo Enrique Zea
Funciones: Formula y coordina las políticas públicas para el desarrollo agropecuario, pesquero y rural.

Salud y de la Protección Social
Ministro: Fernando Ruiz Gómez
Funciones: Implementa los programas y los proyectos del Gobierno, en materia de Salud y Protección Social.

Trabajo
Ministro: Ángel Custodio Cabrera
Funciones: Formula, adopta y orienta la política pública en materia laboral.

Minas y Energía
Ministro: Diego Mesa
Funciones: Entre sus funciones, se encuentra la formulación y la implementación de la política pública de Minas y Energía.

Comercio, Industria y Turismo
Ministro: Ximena Lombana
Funciones: Se encarga de formular y dirigir las políticas, en materia de desarrollo económico y social.

Educación Nacional
Ministro: María Victoria Angulo
Funciones: Formula e Implementa las políticas nacionales de Educación.

Ambiente y Desarrollo Sostenible
Ministro: Carlos Eduardo Correa
Funciones: Diseña y ejecuta la política respecto del medioambiente y los recursos naturales renovables.

Vivienda, Ciudad y Territorio
Ministro: Jonathan Malagón
Funciones: Plantea y dirige las políticas en vivienda, desarrollo urbano y ordenamiento territorial.

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Ministro: Karen Abudinen
Funciones: Diseña y promueve los programas y los proyectos del sector de Tecnologías de la Infor­mación y las Comunicaciones (TICS).

Transporte
Ministro: Ángela María Orozco
Funciones: Formula y ejecuta las políticas nacionales en cuanto a la actividad del transporte.

Cultura
Ministro: Felipe Buitrago
Funciones: Se encarga de coordinar y ejecutar la política del Estado, en materia cultural.

Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación
Ministro: Mabel Gisela Torres
Funciones: Diseñar, formular, coordinar, promover y evaluar la política pública, los planes, programas y estrategias que se encaminen a fomentar, fortalecer y desarrollar la ciencia, la tecnología y la innovación, para consolidar una sociedad basada en el conocimiento.

Ministerio del Deporte
Ministro: Ernesto Lucena
Funciones: Formular, coordinar la ejecución y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos en materia del deporte, la recreación, la actividad física y el aprovechamiento del tiempo libre.

Fuente: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/manual-estado/ejecutiva-orden-nacional.php 

LA RAMA EJECUTIVA EN ORDEN TERRITORIAL
El Gobernador. Es un servidor público de elección popular, elegido, por los ciudadanos que habitan en la jurisdicción del Departamento, para un periodo de cuatro años de gobierno, sin posibilidad de reelección inmediata. Es el jefe de la administración seccional, representante de la Rama Ejecutiva del Poder Público en su jurisdicción, representante legal del departamento y agente del Presidente de la República para el mantenimiento del orden público, para la ejecución de la política económica general y para los asuntos que, mediante convenios, la Nación acuerde con el Departamento.

El Alcalde. Es el jefe de la administración local, representante de la Rama Ejecutiva del Poder Público en su jurisdicción, y representante legal del Municipio, elegido por voto popular para periodos de cuatro años, sin que pueda ser reelegido para el periodo siguiente. Para ser elegido Alcalde se requiere ser ciudadano colombiano en ejercicio y haber nacido o ser residente en el respectivo Municipio o la correspondiente Área Metropolitana durante el año anterior a la fecha de su inscripción como candidato, o durante un período mínimo de 3 años consecutivos en cualquier época.

Derecho Internacional Humanitario

El Derecho Internacional Humanitario o DIH, es un conjunto de normas que operan internacionalmente en relación con los escenarios de conflic...